Calendario de días inhábiles en la Administración General del Estado en 2021

Estos serán los días inhábiles en la Administración General del Estado en 2021

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el calendario de días inhábiles en la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos públicos a efectos de cómputos de plazos para el año 2021.

¿Qué son días naturales, días hábiles y días inhábiles?

Días naturales: son todos los días, los que coinciden con el calendario. Cuando se hace referencia a días naturales, se quiere dar a entender que no se diferencia entre unos y otros a efectos legales, teniendo todos la misma condición y contando todos por igual.

Días hábiles/inhábiles: son los días que la ley designa como aptos o no aptos para la realización de determinados actos o para el cómputo de plazos. Cuando se hace referencia a que un plazo es de días hábiles, se quiere decir que en el cómputo de días se excluyen los festivos, que son inhábiles. Cuando las actuaciones son de carácter urgente, todos los días son hábiles, y en determinados ámbitos, también los sábados lo son.

Días laborables: Se consideran días laborables todos aquellos en los que se trabaja. Quedan excluidos como días laborables los domingos y festivos. Lo sábados pueden considerarse a efectos legales como días laborables, aunque esto dependerá de la empresa o sector.

En el calendario de días inhábiles se incluyen los días que tienen la consideración de inhábiles a efectos del cómputo de plazos en la realización de actuaciones administrativas y para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos ante la Administración pública.

Son días inhábiles en 2021 en España:

  • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución
  • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
  • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

Los días inhábiles a que se refieren los puntos 1 y 2 de este apartado se recogen, especificados por meses y por Comunidades Autónomas, en la siguiente relación adjunta:

Enero

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.

Febrero

Todos los sábados y domingos del mes.

Marzo

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía y de las Illes Balears.
Día 13: Inhábil en la Ciudad de Melilla.
Día 19: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Extremadura, de Galicia, de la
Región de Murcia, del País Vasco, así como en la Comunitat Valenciana, en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Foral de Navarra.

Abril

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
Día 2: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 5: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.
Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Comunidad de Castilla y León.

Mayo

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 3: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Junio

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 3: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de La Rioja y de La Región de Murcia.
Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como en la Comunitat Valenciana.

Julio

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 20: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
Día 21: Inhábil en la Ciudad de Melilla.
Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Agosto

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 16: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Canarias, así como en la Comunidad de Castilla y León.

Septiembre

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
Día 8: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Día 15: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Octubre

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.

Noviembre

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Diciembre

Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 110/2020, de 1 de octubre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2021, y se abre el plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 13 de octubre de 2020) dispone que: En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 3 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de los Reyes; en Fuerteventura: el 17 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 4 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote: el 15 de septiembre,
festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria.
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/81/2020, de 14 de junio, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2021 (DOGC de 17 de junio de 2020) dispone que: «En el territorio de Arán, de acuerdo con el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes, la fiesta del día 5 de abril (Lunes de Pascua Florida) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)».
En la Comunitat Valenciana, el Decreto 158/2020, de 23 de octubre, del Consell, de determinación del calendario laboral en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (DOGV de 28 de octubre de 2020) dispone que «[…] Y con carácter retribuido y recuperable se establece la siguiente fiesta: 24 de junio, San Juan».

Normativa

Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2021.

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