Convocatoria de proceso selectivo para cubrir 195 plazas del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado
Tabla de contenidos:
Proceso selectivo
Oposición (turno libre) / Concurso-Oposición (turno promoción interna)+ curso selectivo
Tipo de Acceso
Turno Libre / Turno Promoción Interna / Turno Discapacidad
Plazas
Ciento cincuenta y cinco plazas de ingreso libre, y cuarenta por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, código 1111. Del total de las 155 plazas convocadas en ingreso libre, sesenta corresponden al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, y noventa y cinco al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo. Del total de estas plazas, se reservarán ocho para ser cubiertas por personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento, correspondiendo tres al Real Decreto 636/2021 y 5 al Real Decreto 407/2022. En el caso de la promoción interna, del total de las cuarenta plazas convocadas, veinte corresponden al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, y veinte al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo. Del total de estas plazas, se reservarán dos para ser cubiertas por personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento, correspondiendo una al Real Decreto 636/2021, y una al Real Decreto 407/2022
Tipo Vinculación
Personal Fijo
Titulación requerida
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Graduado/a Ver bases de la convocatoria
Organismo Convocante
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Fecha convocatoria
8 de junio de 2023
Plazo de solicitud
Hasta el 6 de julio de 2023
Solicitud: Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Web Oficial: enlace
Descripción del proceso selectivo
1. Fase de oposición
La fase de oposición constará de los ejercicios que, a continuación, se indican:
1.1 Primer ejercicio.
1.1.1 Ingreso libre. Esta primera parte del ejercicio, de carácter eliminatorio, constará de dos partes:
a) En la primera parte, los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema general, escogido entre dos propuestos por el tribunal, de actualidad política, económica y social de España o del ámbito internacional, relacionado con el contenido del grupo de materias comunes que figura en el programa del anexo II.
b) En la segunda parte, los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema general relacionado con la materia específica elegida por el aspirante, escogido entre dos propuestos por el tribunal.
Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un período de tiempo total de cuatro horas.
1.1.2 Promoción interna. Esta primera parte del ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en desarrollar por escrito un tema general, escogido de entre dos propuestos por el tribunal, relacionados con las materias de los dos últimos bloques de la parte común (derecho público y gestión pública).
Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un período de tiempo total de tres horas.
El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el tribunal, que lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
1.2 Segundo ejercicio. Consistirá en una prueba de conocimiento de idiomas. Las personas aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba inglés o francés.
Para la acreditación de estos conocimientos se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación, una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento del idioma equivalente al nivel B2 o superior, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
En la modalidad presencial para el idioma inglés, las personas aspirantes realizarán una prueba de nivel sobre las destrezas de listening and reading (compresión oral y escrita).
La prueba consistirá en un ejercicio de un máximo de doscientas preguntas y de ciento veinte minutos de duración, y constará de las siguientes partes:
a) Parte de listening: Consistirá en contestar un cuestionario de un máximo de cien preguntas. La duración total de esta parte será de cuarenta y cinco minutos. Para responder a cada pregunta se dispondrá de un tiempo aproximado entre siete y diez segundos entre cada una de ellas.
b) Parte de reading: Consistirá en contestar un cuestionario de un máximo de cien preguntas. La duración de esta parte será de setenta y cinco minutos, y las personas aspirantes podrán administrarse el tiempo para responder cada pregunta como deseen, hasta agotar los minutos asignados a esta parte.
En la modalidad presencial para el idioma francés, las personas aspirantes realizarán una prueba de nivel sobre las destrezas de compréhension orale y compréhension écrite (compresión oral y escrita). La prueba consistirá en un ejercicio de un máximo de ciento ochenta preguntas y de ciento diez minutos de duración, y constará de las siguientes partes:
a) Parte de compréhension orale: Consistirá en contestar un cuestionario de un máximo de noventa preguntas. La duración total de esta parte será de cuarenta y dos minutos. Para responder a cada pregunta se dispondrá de entre siete y diez segundos entre cada una de ellas.
b) Parte de compréhension écrite: Consistirá en contestar un cuestionario de un máximo de noventa preguntas. La duración de esta parte será de sesenta y ocho minutos, y las personas aspirantes podrán las personas aspirantes podrán administrarse el tiempo para responder cada pregunta como deseen, hasta agotar los minutos asignados a esta parte.
Se valorará en este el ejercicio las habilidades de comprensión oral y escrita de gramática, vocabulario, sintaxis, comprensión de conectores oracionales, comprensión de ideas principales y de detalles relevantes en textos orales, comprensión de los patrones lingüísticos preestablecidos de tipo pregunta-respuesta, asimilación de la información factual proporcionada, de relacionar la información proporcionada en oraciones diferentes dentro de un mismo texto y de efectuar inferencias, así como el conocimiento de la pronunciación y acentuación de la lengua inglesa o francesa.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, las personas aspirantes deberán acreditar su conocimiento del idioma presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior, siempre y cuando dicho título haya sido obtenido en los tres años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad deberán indicarlo en el Modelo 790, tal y como se especifica en el punto 9.11.1 de las bases comunes. El Tribunal calificador publicará una nota informativa indicando el modo y el medio por el que se deberá presentar esta titulación para su validación.
1.3 Tercer ejercicio.
1.3.1 Ingreso libre. Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en exponer oralmente, en sesión pública ante el tribunal, cuatro temas del programa durante un tiempo máximo de una hora, tres de los cuales deberán ser del grupo de materias comunes y uno del grupo de materias específicas del programa.
Para la selección de los tres temas del grupo de materias comunes, la persona opositora extraerá al azar dos temas de los cuatro primeros bloques (ciencia política, estructura económica y social, turismo y relaciones internacionales y Unión Europea) y otros dos de los dos últimos bloques (derecho público y gestión pública), debiendo desechar uno de los cuatro. Igualmente, desechará un tema del grupo de materias específicas del programa entre dos extraídos al azar.
1.3.2 Promoción interna. Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en exponer oralmente, en sesión pública ante el tribunal, tres temas del programa durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos. Para ello, la persona opositora deberá extraer al azar cuatro temas de los dos últimos bloques del grupo de materias comunes (derecho público y gestión pública), debiendo desechar dos de los cuatro. El otro tema deberá ser del grupo de materias específicas, entre dos extraídos al azar.
Las personas aspirantes dispondrán de veinte minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o de apuntes. Durante la exposición podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado durante el tiempo referido de preparación.
Finalizada la intervención, el tribunal podrá dialogar con la persona opositora durante un período máximo de quince minutos sobre aspectos de los temas que ha desarrollado.
En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.
1.4 Cuarto ejercicio. Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en el análisis de un supuesto o la preparación de un informe que será desarrollado, con carácter general, en formato electrónico.
Para la realización de este ejercicio las personas aspirantes dispondrán de un período de tiempo total de cuatro horas y podrán utilizar únicamente los materiales en soporte papel y/o electrónico puesto, en su caso, a disposición de las personas opositoras por el tribunal. En todo caso, se garantizará su autenticidad, integridad y conservación.
Posteriormente el ejercicio deberá ser leído en sesión pública ante el tribunal, cuyos miembros podrán dialogar con la persona aspirante sobre la prueba escrita o sobre cualquier otra cuestión que consideren oportuna durante un tiempo máximo de quince minutos.
El Tribunal valorará, junto al rigor analítico y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados al análisis o informe y la capacidad de relacionarlos, el enfoque del entorno socioeconómico, cultural y político-administrativo del problema planteado, así como las competencias personales de las personas aspirantes, el grado de madurez, equilibrio, responsabilidad y capacidad de decisión.
1.5 Funcionarios/as de Organismos Internacionales. Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/as de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
1.6 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente: Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria y conforme a lo indicado en la base específica 5.8, y deberá publicar con anterioridad a la realización de la prueba los criterios de corrección, valoración y superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.
El Tribunal fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada uno de los ejercicios.
La puntuación directa mínima no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible del ejercicio.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
En los ejercicios de la fase de oposición las calificaciones resultarán de las puntuaciones transformadas que se derivan de los baremos establecidos por el tribunal.
1.6.1 Primer ejercicio. Se calificará de 0 a 40 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 20 puntos para superarlo.
1.6.2 Segundo ejercicio. Se calificará como como «apto» o «no apto».
En la modalidad presencial se calificará como «apto» cuando se obtengan:
785. puntos TOEIC-nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER), si la prueba es del idioma inglés.
605. puntos TFI-nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER), si la prueba es del idioma francés.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, la calificación será «apto» para los aspirantes que presenten alguno de los títulos que se recogen en el anexo V conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER), que corresponda con un nivel B2 o superior, en los términos especificados en el punto 1.2 de este Anexo. Los niveles inferiores a B2 no se considerarán válidos para la superación del ejercicio.
El Tribunal cotejará la autenticidad de la documentación aportada, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. El aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio o al curso selectivo.
En ambas modalidades, será necesario obtener la calificación de «apto» para superar el ejercicio.
1.6.3 Tercer ejercicio. Se calificará de 0 a 40 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 20 puntos para superarlo.
1.6.4 Cuarto ejercicio. Se calificará de 0 a 20 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 10 puntos para superarlo.
1.6.5 La calificación final de la fase de oposición de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.
En el caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercero, primero y segundo ejercicio, por este orden.
De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 3.1.
2. Fase de concurso
2.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios centrales o equivalente de personal del ministerio u organismo donde presten o hayan prestado sus servicios.
Los certificados de requisitos y méritos deberán ser cumplimentados electrónicamente a través del Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGP), previa petición de las personas aspirantes. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en los que la solicitud electrónica no resulte posible o si el organismo que debe expedir dicha certificación no se encuentra en el ámbito del SIGP, el certificado deberá ser cumplimentado por la máxima autoridad de gestión de recursos humanos
El certificado de requisitos y méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo IV de esta resolución.
Con el fin de agilizar el proceso selectivo, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas la Subdirección de Selección en materia de apoyo administrativo y técnico al tribunal calificador, corresponderá a este órgano el cálculo y la propuesta de puntuaciones de los méritos.
En esta fase se valorarán, mediante el certificado de requisitos y méritos indicado, los siguientes méritos:
a) Antigüedad. Se valorará la antigüedad del funcionario/a, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2 o en cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2, o la antigüedad en cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y/o reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 0,36 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 10,8 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del Estado. Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», siempre que esté formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado de requisitos y méritos, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 18: 2,16 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda del grado 18: 0,18 puntos.
c) Cursos de formación. Se valorarán un máximo de diez cursos de formación, recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros institutos de Administración pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.
Se valorarán 0,36 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 3,6 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
No se valorará ningún curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales de personal en el certificado de requisitos y méritos. Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por la persona aspirante ante los servicios centrales de personal o equivalentes, quienes acreditarán este mérito en el correspondiente certificado de requisitos y méritos.
2.2 Calificación del concurso-oposición. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Primero: La mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de antigüedad.
Segundo: La mayor puntuación obtenida en el tercero, primero y segundo ejercicio, por este orden.
Tercero: La mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito del grado personal consolidado y de los cursos de formación, por este orden.
De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 3.1.
Normativa
Anuncio y bases específicas de la convocatoria: Ver Documento
Bases comunes: Ver Documento